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Educacion2 min de lecturaFeb 2025

Guia de la Ley 60: Codigo de Incentivos de Puerto Rico

Por Virtus Advisory

Aviso Legal Importante

Este articulo se proporciona unicamente con fines educativos e informativos generales. No constituye asesoramiento legal, contributivo, financiero o contable, ni crea una relacion profesional-cliente. Las leyes y sus interpretaciones estan sujetas a cambios. Siempre consulte con un profesional cualificado.

La Ley 60-2019: Codigo de Incentivos de Puerto Rico

La Ley 60-2019 consolido multiples leyes de incentivos anteriores en un solo marco legal, incluyendo la Ley 20 (Servicios de Exportacion) y la Ley 22 (Inversionistas Individuales).

Capitulos Principales

Capitulo 2: Individuos (anteriormente Ley 22) Beneficios para inversionistas individuales que establezcan residencia bona fide en Puerto Rico. Solicitudes antes del 31 de diciembre de 2026 pueden cualificar para tasas de derechos adquiridos (Seccion 2022.01(a)). Desde el 1 de enero de 2027, tasa fija de 4% sobre ingresos pasivos (Seccion 2022.01(b)). Para solicitudes sometidas despues del 31 de diciembre de 2026, el individuo debera demostrar que no fue residente de Puerto Rico durante un minimo de seis (6) anos previos a la fecha de mudarse (Seccion 1020.02(a)(4), segun enmendada por Ley 38-2026).

Capitulo 3: Exportacion de Bienes y Servicios (anteriormente Ley 20) Tasa corporativa de 4% sobre ingreso neto de exportacion de servicios (Seccion 2032.01(a)).

Capitulo 4: Finanzas, Inversiones y Seguros Entidades financieras internacionales, aseguradores internacionales y fondos de capital privado (Secciones 2041.01 a 2044.03).

Capitulo 5: Economia del Visitante (Turismo) Tasa fija preferencial de 4% sobre el Ingreso de Desarrollo Turistico (Seccion 2052.01(a)) y hasta 75% de exencion sobre contribuciones municipales y estatales de propiedad (Seccion 2052.02(a)).

Capitulo 6: Manufactura Tasa fija preferencial de 4% sobre el Ingreso de Desarrollo Industrial (Seccion 2062.01(a)(1)) y 75% de exencion sobre contribuciones de propiedad mueble e inmueble (Seccion 2062.02(a)).

Requisitos Generales de Cumplimiento

  • Informe anual DDEC: 15 de noviembre (Seccion 6020.10(a)(3))
  • Cargo anual de $5,000 para decretos de Individuo Residente Inversionista (Seccion 2021.01) y decretos bajo la Ley 22-2012 (Seccion 6020.10(d))
  • Donativo caritativo (Capitulo 2): $10,000 anuales (Seccion 6020.10(b))
  • Residencia bona fide (Capitulo 2): Determinada bajo IRC Seccion 937
  • Multa maxima por incumplimiento: $10,000 (Seccion 6020.10(e))

Vigencia: dos fechas distintas

El programa se extiende hasta la decada de 2050, pero la exencion total y la tasa preferencial no terminan el mismo dia. Para decretos solicitados en o antes del 31 de diciembre de 2026, los intereses y dividendos quedan totalmente exentos sobre el ingreso devengado antes del 1 de enero de 2036 (Seccion 2022.01(a)). Para solicitudes desde el 1 de enero de 2027, ese mismo ingreso queda sujeto a una tasa fija preferencial de 4% sobre el ingreso devengado antes del 1 de enero de 2056 (Seccion 2022.01(b)). La ganancia de capital sigue la misma division. Para decretos solicitados en o antes del 31 de diciembre de 2026, la apreciacion posterior a establecer residencia queda totalmente exenta cuando se reconoce antes del 1 de enero de 2036 (Seccion 2022.02(b)), y tributa bajo el Codigo de Rentas Internas si se reconoce despues del 31 de diciembre de 2035. Para solicitudes desde el 1 de enero de 2027, esa misma apreciacion queda sujeta a una tasa preferencial de 4% cuando se reconoce antes del 1 de enero de 2056 (Seccion 2022.02(d)).


Virtus Advisory proporciona este contenido unicamente con fines informativos. Para orientacion personalizada, consulte a un CPA o profesional contributivo licenciado.

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